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DENUNCIA CIUDADANA | ¿Puede una copropiedad prohibir que los gatos transiten por las zonas comunes? La polémica que se vive en el conjunto een Ibagué

  • Foto del escritor: Tatty Umaña G
    Tatty Umaña G
  • hace 22 minutos
  • 3 min de lectura

Una denuncia ciudadana volvió a abrir el debate sobre los límites entre la convivencia, la protección de los animales y las facultades que tienen las administraciones de propiedad horizontal. En el conjunto residencial Aymara II, residentes denuncian que las medidas adoptadas frente a los gatos podrían estar excediendo lo permitido por la legislación colombiana, mientras la administración sostiene que busca proteger la tranquilidad, la higiene y los bienes comunes.


El caso comenzó cuando la propietaria de una gatita recibió un mensaje privado por parte de la administración del conjunto. En la comunicación se le informaba que, en varias oportunidades, el animal había sido visto sobre vehículos estacionados y que algunos propietarios aseguraban que un automóvil había resultado marcado con las uñas del felino.


Según el mensaje enviado, la administración manifestó haber verificado que se trataba de esa mascota y recomendó a su propietaria evitar que continuara subiéndose sobre los carros.


Posteriormente, el conjunto difundió un comunicado general recordando a los propietarios y tenedores de mascotas que no está permitido dejarlas sueltas en las zonas comunes. En el documento también se afirma que, en repetidas ocasiones, se ha encontrado materia fecal en el área de la piscina, situación que ha obligado al personal de aseo a realizar labores adicionales de limpieza.


"Amenazaron con que van a medirle las uñas a los gatitos para saber cuál es el ha rayado los vehículos", manifestó un residente.

La administración informó que revisó las cámaras de seguridad, aunque aseguró que no ha sido posible identificar con claridad al gato responsable. A pesar de ello, anunció que continuará la supervisión, iniciará procesos sancionatorios cuando exista verificación e invitó a los residentes a enviar fotografías de mascotas que observen en esa zona para apoyar el seguimiento.


Incluso, el conjunto difundió una campaña en la que solicita reportar a portería cualquier perro o gato que permanezca suelto en las áreas comunes, reiterando que las mascotas deben estar bajo la supervisión de un adulto responsable y advirtiendo sobre posibles sanciones contempladas en el Manual de Convivencia.


¿Qué dice realmente la ley colombiana?


La legislación colombiana reconoce que las copropiedades sí pueden establecer reglas de convivencia para el manejo responsable de las mascotas. Entre ellas se encuentran exigir el uso de correa o traílla, solicitar bozal para los perros catalogados como de manejo especial, exigir que los propietarios recojan los excrementos y responder por los daños que eventualmente ocasionen sus animales.


Sin embargo, de acuerdo con la información jurídica conocida sobre la materia, las administraciones no pueden imponer prohibiciones generales que impidan el tránsito o la permanencia de perros y gatos en las zonas comunes, ni restringir su circulación mediante reglas que desconozcan los derechos de los propietarios y tenedores responsables.


Tampoco podrían sustentarse sanciones únicamente en prohibiciones generales si estas resultan contrarias a la normativa vigente o a la interpretación que sobre estos derechos ha realizado la Corte Constitucional.


Una discusión que exige equilibrio


El caso de Aymara II refleja un debate que se repite en numerosos conjuntos residenciales del país. De un lado, los residentes tienen derecho a disfrutar de espacios limpios, seguros y libres de daños en sus bienes. Del otro, quienes conviven con animales de compañía también cuentan con derechos que deben armonizarse con las normas de convivencia.


La responsabilidad de los propietarios resulta fundamental. Evitar que las mascotas permanezcan sin supervisión, recoger sus desechos, prevenir daños a terceros y cumplir las medidas de seguridad contribuye a reducir los conflictos entre vecinos.


Al mismo tiempo, cualquier reglamento interno debe ajustarse a la legislación colombiana y respetar los derechos que esta reconoce tanto a los residentes como a sus animales de compañía.


Protocolo de veracidad


Contattyumana.com elaboró este artículo con base en la denuncia ciudadana recibida, los comunicados atribuidos a la administración del conjunto residencial Aymara II y la información jurídica aportada por el denunciante. El medio no afirma que las sanciones anunciadas hayan sido impuestas ni que exista una decisión definitiva sobre los hechos.


En caso de que la administración del conjunto desee ejercer su derecho de réplica o aportar su posición oficial, este espacio permanece abierto para su publicación, en cumplimiento de los principios de equilibrio e imparcialidad que orientan nuestro ejercicio periodístico.



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